jueves, 23 de julio de 2009

Cuando dejamos de ser profesionales...



Viendo la sección de policiales, leo una noticia que de alguna manera logró hacerme estremecer. El homicidio de una mujer en la localidad de Villa Ballester, al momento en que entraron a "robar" en su domicilio. Lo realmente mortificante era la cuestión de que la mujer se encontraba embarazada de mellizos.

Ahora, en base a esto y a punto de terminar la carrera de Abogacía, uno de los temas que he llegado a preguntarme en más de una oportunidad es: Cuál es el límite que nos da la realidad que permita darnos cuenta cuándo dejamos de actuar como profesionales para volver a convertirnos simplemente en un integrante más de la sociedad?.

El mundo está lleno de individuos que gracias a diferentes factores han logrado profundizar o conocer determinadas materias que hacen que su conocimiento sea mayor que otras personas. Sea porque dicho conocimiento lo han adquirido a través de años de estudios o la realidad práctica de lo cotidiano hizo que de alguna manera haya logrado aprender de cierto arte o profesión.

Lo dicho, me llevó a cuestionarme

¿cuánto tenemos que medir en ocasiones la exteriorización de nuestro pensamiento teniendo en cuenta el conocimiento adquirido como profesional?.

¿Existen profesiones que deparan mayor responsabilidad al momento de emitir alguna opinión?

Y aquí me coloco en la encrucijada:

Creo que ante la primera pregunta, la única respuesta que se me ocurre es llegar al extremo de pensar: dejamos de actuar como profesionales (del derecho en mi caso) cuando el hecho que sucede hace que todo análisis objetivo se tiña de juicios propios de la voluntad del hombre. Como ser por ejemplo cuando uno mismo o a personas allegadas son víctimas de cualquier tipo de delito.

Por otro lado, en cuanto al segundo de los interrogantes, tampoco me quedan dudas al respecto. Existen personajes que por el rol importante que cumplen en la sociedad, deben necesariamente encontrar un límite en sus expresiones. Creo que actualmente en más de una oportunidad nos encontramos ante un ejemplo claro respecto de esta cuestión. Opiniones de personajes de gran entidad pública, o sin ir más lejos de nuestros gobernantes mismos.

Me parece que la diferencia entre ambos cuestionamientos es clara. En el primero tenemos un punto de inflexión claramente determinado, mientras que en el segundo, tenemos un límite restrictivo dado por el carácter relevante que tienen determinados agentes de la sociedad.

Entonces cuál sería la conclusión....esa es la incertidumbre.

2 comentarios:

Alan Swanston dijo...

Nico: Me parece que, en cuanto a la primera de las cuestiones que planteas, el problema radica en pensar al abogado como un ser superior en el entendimiento de las cuestiones judiciales respecto de las personas que no estudiaron la materia. Es decir, no podemos pensar en ser profesionales por un momento para luego volver a ser simplemente un integrante más de la sociedad. En efecto, el derecho no debería pensárselo sólo para que un grupo determinado de gente lo entienda, sino todo lo contrario; que lo entienda a quien le afecta; bajar a la realidad y al sentido común el infinito conjunto de normas e interpretaciones.
¿A qué apunto con esto?, que nunca se va a poder separar la subjetividad personal de la objetividad profesional. Cierto será que en más de una oportunidad tus decisiones serán totalmente opuestas a tus pensamientos, pero bue…, he allí la vertiente que cada uno tomará a la hora de actuar como profesional.
Creo que, al momento de ejercer la defensa, lo cual posiblemente sea lo más cuestionado, uno puede adoptar dos posturas a manera de justificar su intervención: pensar al derecho penal como un sistema de justicia violento y absolutamente desigualitario, por lo cual debe estarse siempre al respeto por el complejo conjunto de garantías, que por cierto nos asisten a TODOS; o pensar al derecho penal como un sistema puramente retribucionista, poniendo de esa manera al delincuente como un ser despreciable al cual debe aplicársele el mismo castigo acorde al delito cometido.
Respecto del otro planteo que haces; creo que está muy bien opinar y decir lo que a uno le parezca, siempre y cuando ello no conlleve una consecuencia indeseada.
Si Susana Giménez dice enarbolar la bandera de todos los argentinos y que hay que aplicar la pena de muerte porque los delincuentes en definitiva tienen más derechos que las víctimas, que lo diga tranquilamente. No dejarla o exigirle que diga otra cosa, no sólo sería violar su derecho de expresión, sino también subestimar a la gente que ella dice representar.
Diferente es el caso de los políticos, donde sus “opiniones” estremecen directamente los cimientos del estado republicano de derecho (vulneran la división de poderes), y que a mi entender debería al menos, aplicársele algún tipo de apercibimiento.
Saludos.-

Nicolás da Cunha dijo...

Alan: fuera del actuar del abogado en un caso en particular, entiendo que la disparidad en la que se encuentra un profesional (en los dos sentidos que le di anteriormente) de un integrante de la sociedad es clara. De la misma manera me parece clara que un abogado esté, en cuestiones puramente de derecho, varios escalones arriba de cualquier otra persona. En el caso del derecho, la vida en sociedad hace que se intente poner un remedio a conductas reprochables, y ese tiene que ser uno de los sentidos que se le dé al derecho penal. Es decir, actuar frente a conductas que luego de un proceso legalmente establecido y con respeto de las garantías, se arribe a la conclusión de si merece o no reproche (absolución o condena). En ese sentido es cuando los profesionales del derecho, por el grado de conocimiento que tienen y la responsabilidad que le cabe a cada uno, no pueden, ante situaciones puramente relacionadas con la materia, apartarse de su profesionalismo y emitir opinión como un integrante más de la sociedad (entiéndase como persona no profesional).
Por otro lado, si vos me preguntas cuál sería en concepto del derecho penal, por su la funcionalidad misma, tengo que decir que no lo tengo muy en claro todavía, pero ese será tema para otro debate.
Ahora, más allá de poner el ejemplo de la “Su”, ya que, independientemente que la aceptemos o no personalmente, no podemos desconocer el carácter de personaje público que tiene, estoy más que de acuerdo con la libertad de opinión y de la posibilidad que nos da nuestra CN de poder expresar de la manera más amplia y libre lo que uno piensa, pero sigo sosteniendo que el límite está dado por el contexto en que es dado dicha opinión y desde el lugar en que se desempeña la persona que la emite (dejando a salvo el hecho de tener en cuenta del intelecto de la persona que opina).
Y por último, los políticos, y coincido con vos al respecto, son los que más se deberían cuidar al momento de opinar (no quiere decir restringir la opinión). Más aún, su cuidado debe ser más fuerte si ocupan algún lugar de cualquiera de los tres poderes del estado y opinan contra alguno de los otros poderes, ello en pos de garantizar el sistema republicano de gobierno.